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Este viernes el B.O.E. publicó el Real Decreto 1834/2008 en donde se definen las condiciones para el ejercicio de la docencia y las especialidades docentes.

Éste será el último curso donde se pueda cursar el C.A.P ya que a partir de 1 de Octubre de 2.009 quedará eliminado y sustituido por los nuevos Master Oficiales. De esta forma a partir de ese momento el CAP a efectos de docencia será equivalente al Master, también igualmente quienes antes de dicha fecha acrediten el ejercicio de dos años de docencia o de 12 meses en la especialidad.

 

Cuestión distinta es cuando empezará a exigirse el nuevo Master en las oposiciones quizás haya que esperar hasta el año 2010.

También se regulan las especialidades del profesorado y la novedad para nuestra especialidad de FOL es que nos atribuyen la posibilidad de impartir Economía 1º BAC o Economía de la Empresa de 2º BAC a cualquier profesor de FOL con titulación universitaria en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas con formación en Economía. Por lo tanto es entendible que los profesores de FOL con titulación en Derecho o en Relaciones Laborales no tendrán mayor inconveniente para impartir en Bachillerato, ya que en el primer caso al menos cursaron la asignatura de Economía Política y en el segundo tienen una mayor preparación.