Salidas Profesionales

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

Real Decreto 1224/2009 regula la acreditación de competencias a través de la experiencia profesional, tiene un ámbito estatal. Las personas que lo soliciten deben ser mayores de 18 años y tener una experiencia mínima de 3 años y que se completen un mínimo de 2.000 horas trabajadas en los últimos 10 años ( hay alguna excepción pero en lo que afecta a los ciclos formativos no interfiere), también se puede acceder al procedimiento si se tiene formación mínima de 300 horas en los últimos 10 años.

El procedimiento tiene tres fases: asesoramiento, evaluación y acreditacion/registro. Este procedimiento lleva a la acreditación de unidades de competencia.

  1. Asesoramiento: todos los participantes se entrevistarán con el asesor y éste a la vista de la documentación y manifestaciones elaborará un informe positivo o negativo; en el primer caso el candidato pasa a la segunda fase, si es negativo, el asesor deberá indicarle los pasos que debe seguir para poder llegar en otras convocatorias a un informe positivo, en todo caso, el candidato aun siendo negativo puede por voluntad propia pasar a la segunda fase.
  2. Evaluación: tendrá por objeto comprobar si demuestra la competencia profesional requerida en las realizaciones profesionales, en los niveles establecidos en los criterios de realización y en una situación de trabajo, real o simulada, fijada a partir del contexto profesional. La Comisión utilizará el informe del asesor, la documentación e incluso simulaciones o situaciones reales de trabajo.
  3. Acreditación: a los candidatos que demuestren su competencia se les expedirá una certificación parcial de las unidades de competencia superadas.

De esta manera aquel que acredite distintas unidades de competencia de un título profesional, para obtener el mismo deberá obtener plaza y matricularse en el título profesional correspondiente, y entonces solicitará la convalidación de los módulos que tengan como referencia las unidades de competencia  acreditadas; en el caso de que acredite todas las unidades de competencia del título y sólo le faltaran aquellos módulos que no están asociados a unidades de competencia ( como FOL o EIE), éstos le serían convalidados para así obtener el correspondiente título.

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

 

El Real Decreto 1892/2008 regula el acceso a las Universidades públicas españolas a partir del curso 2010/2011, interesa resaltar que desaparece el cupo para alumnos de Formación Profesional, todos acceden en igualdad de condiciones, teniendo en cuenta que hay dos cálculos distintos para obtener la nota de acceso según se provenga de Bachillerato o de Ciclos Formativos, en caso de empate tienen preferencias los que hayan cursado enseñanzas de la misma rama de conocimiento.

Las distintas materias de Bachillerato de las distintas familias de los ciclos superiores de formación profesional se adscriben a determinadas ramas de conocimiento de las enseñanzas universitarias ( ver ORDEN).