ACCIDENTES Y ENFERMEDADES

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El INSHT  posee un calculador del costes de accidentes para obtener una estimación del coste del accidente de trabajo. Se obtiene a partir de la estimación de cinco apartados:

  1. Tiempo perdido. En este apartado se valora el coste del tiempo perdido por el personal directamente vinculado al proceso productivo –trabajador accidentado y otros trabajadores que han parado debido al accidente, ya sea para socorrer al accidentado; por que, a causa del accidente, se ha detenido el proceso, o simplemente por curiosidad- y que ha supuesto una menor producción temporal, lo que se traduce en un tiempo remunerado por la empresa sin contrapartida de producción.
  2. Costes materiales. En este apartado se valoran los daños que, a causa del accidente, han sufrido los equipos de producción (maquinaria, equipos, herramientas, etc.), las materias primas y los productos acabados o semitransformados.
  3. Pérdidas. Incluye los beneficios no obtenidos por la empresa como consecuencia del accidente y de su consecuente paralización temporal, parcial o total del sistema productivo, o el incremento del coste que supone tomar medidas para mantener la producción al mismo nivel (horas extraordinarias, contratación de un sustituto, subcontratación de la tarea, etc.). También se deben considerar las posibles bonificaciones, tanto fiscales como de otro tipo, por la contratación de reemplazantes temporales de los trabajadores accidentados.
  4. Gastos generales. Incluye todos los gastos misceláneos debidos al accidente (traslado del accidentado, sanciones, honorarios profesionales, etc.). También se incluyen en este apartado los gastos de Seguridad Social (compensación al trabajador en el periodo de baja y cotización de la empresa por el trabajador accidentado durante este periodo).
  5. Tiempo dedicado al accidente por otro personal de la empresa. En este apartado se incluye el coste que representa el tiempo que, si bien no repercute en el proceso productivo, se dedica al accidente. Por ejemplo, el empleado en la investigación del accidente por el mando intermedio o el servicio de prevención, en labores administrativas como consecuencia del accidente, en interesarse por lo ocurrido por parte del equipo directivo, en la reparación de desperfectos por el personal de mantenimiento, etc.

En este método se contempla la posibilidad poder aplicarlo incluso en el caso de que no se disponga de algunos de los datos que se solicitan, en cuyo caso se estiman automáticamente. Asimismo, se incluyen algunas correcciones a los datos entrados ya que las partidas anteriores pueden verse afectadas por diferentes variables (por ejemplo, por estar realizando el trabajo en lugares aislados, por tener que evacuar el centro de trabajo, etc...).

Como resultado de su aplicación el calculador devuelve el valor total estimado del coste del accidente y el de cada una de las cinco partidas en que se ha dividido. 

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En el estudio de las posibles enfermedades profesionales enla profesión siempre tenemos el problema de que el Cuadro de Enfermedades Profesionales es bastante dificultoso de analizar por el alumnado, a este respecto en la página web de ASEPEYO tenemos con un cuadro mucho más manejable por los alumnos, si vas a criterios de selección es muy intuitivo, y tiene también posibilidades de búsqueda

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La moda de los vaqueros desgastados trae como consecuencia miles de trabajadores de países del Tercer Mundo afectados por silicosis, ya que dicho desgaste se consigue aplicando chorros de arena. La ONG Setem ha comenzado la Campaña Ropa Limpia que busca concienciar a los consumidores. Así en Turquía que tenía un alto número de afectados se prohibió su utilización, sin embargo, los fabricantes la trasladaron a otros paises.

REsulta muy interesante para tratar en clase visitar la página Nosandblasting.org y ver el video de La Sexta

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TERESA FORCADES, doctora en Salut Pública, hace una reflexión sobre la historia de la GRIPE A, aportando datos científicos, y enumerando las irregularidades relacionadas con el tema.

Explica las consecuencias de la declaracion de PANDEMIA, las implicaciones políticas que de ello se derivan y hace una propuesta para mantener la calma, así como un llamamiento urgente para activar los mecanismos legales y de participación ciudadana en relación a este tema.

 

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Los centros docentes  se enmarcan dentro de la administración pública y por lo tanto pudieran tener peculiaridades en cuanto a la aplicación de la Ley de Prevención, pero el Real Decreto 1488/1998 y sus normas de desarrollo de aplicación a la Administración del Estado nada contemplan, y por supuesto a nivel de la CC.AA. de Galicia tampoco se contempla nada, por lo que pienso que tampoco a nivel de otras CC.AA. debe haber nada regulado; cuestión distinta son los planes de emergencia y evacuación.

Las anteriores afirmaciones vienen a cuento por lo que si nada está contemplado debemos pensar que el Real Decreto 486/1997 se aplica íntegramente en los Centros Docentes y  más si cabe en los Centros con Ciclos Formativos de cierto riesgo ( máquinas herramientas, electricidad, madera...) y lo digo por cuanto aunque a los “estudiantes” no les es de aplicación la normativa de riesgos laborales si que es cierto que en esos talleres trabajan docentes a los que si les es de aplicación, y lo digo porque también pueden estar “trabajando-estudiando” menores a los que es exigible una protección especial y atendiendo a los docentes cubrimos de paso a los alumnos o alumnas.